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En
la ciudad de……………….. a…. de ……………. de 2.00…
REUNIDOS
De una parte:
Don/ña.............................................................................,
mayor de edad, soltero/a, provisto/a de D.N.I. número...............................,
vecino/a de......................................., c/..............................................................................
a quién en adelante nos referiremos como la PARTE ARRENDADORA.
De otra parte:
Don/ña...........................................................................................,
mayor de edad, soltero/a, provisto/a de D.N.I. número...............................,
vecino/a de......................................, c/......................................................................................
a quién en adelante nos referiremos como la PARTE ARRENDATARIA
INTERVIENEN
En
su propio nombre y derecho y se reconocen capacidad legal
necesaria para otorgar el presente documento y
E
X P O N E N
Primero.-
Don/Dña……………………………………………….….. es dueño de la siguiente
finca urbana edificada en c/…………………………………………….. nº…………
Se encuentra en la finca, y se arrienda conjuntamente
con ella, el mobiliario y enseres que se reflejan en inventario
anexo, que firmado por las partes se acompaña a este contrato.
Ambas partes manifiestan que la finca arrendada y su mobiliario
y enseres se encuentran en perfecto estado y a su entera
satisfacción, al igual que sus instalaciones y servicios.
Segundo.-
Interesa a Don/ña………………………………….………………….. el arrendamiento
de la precitada finca, y reconociéndose las partes mutuamente
la capacidad legal necesaria suscriben el presente contrato
de arrendamiento de temporada, en base a las siguientes:
C
L A U S U L A S
PRIMERA.- EL ARRENDAMIENTO Y SU RÉGIMEN
La PARTE ARRENDADORA cede en arrendamiento pro temporada
la finca amueblada descrita en el antecedente primero
de la PARTE ARRENDATARIA
Dicho arrendamiento tiene la consideración para uso distinto
del de vivienda, ya que no tiene como destino primordial
satisfacer la necesidad permanente de vivienda de la PARTE
ARRENDATARIA.
La finca arrendada tiene las siguientes instalaciones
complementarias:
...........................................................................................
La PARTE ARRENDATARIA manifiesta que tiene su domicilio
habitual en…………………… c/……………………………………………………… y que arrienda
esta vivienda como segunda residencia y para la temporada
a la que se hace referencia más adelante.
SEGUNDA.- TÉRMINO DEL CONTRATO
El contrato de temporada tendrá una duración de…………………..días,
finalizándose en su consecuencia con fecha…………………… de
forma automática y sin necesidad de requerimiento previo.
Si llegado el vencimiento del término, la PARTE ARRENDATARIA,
no dejara libre y a disposición de esta última la vivienda
y los muebles arrendados, con independencia de las acciones
que esta pueda ejercitar para el lanzamiento de la PARTE
ARRENDATARIA, vendrá obligada esta última y en concepto
de cláusula penal, a pagar triplicada (o lo que se convenga),
durante el tiempo que permanezca en la posesión de la
finca arrendada, la renta que se hubiere fijado en el
contrato más la indemnización de daños y perjuicios que
correspondan.
TERCERA.- LA RENTA DEL ARRENDAMIENTO
Se estipula
que la PARTE ARRENDATARIA abonará a la PARTE ARRENDADORA
por la temporada de arrendamiento, la cantidad de …..,
que se abonará de la siguiente forma:
Se fija como domicilio de pago el Banco o Caja de Ahorros.................................................de
la ciudad de...................................con Código
de Cuenta nº….....................................................................................................
La renta se abonará por………….. (semanas, meses...) anticipados
dentro de los.…. primeros días de cada ………….. (semana,
mes …).
CUARTA.- OBRAS DEL INMUEBLE
La PARTE ARRENDATARIA no podrá realizar en la vivienda
arrendada ninguna obra sin que previamente y por escrito
sea autorizada por la PARTE ARRENDADORA.
En cuanto a las obras de conservación serán de cargo y
cuenta de la PARTE……….………….
Las obras de conservación que consistan en pequeñas reparaciones
serán de cargo y cuenta de la PARTE…………….……
La PARTE ARRENDATARIA
queda obligada al mantenimiento y conservación de la finca
arrendada viniendo obligada a su reposición en su caso,
y responderá asimismo de los deterioros de los muebles
y enseres.
QUINTA.- ENAJENACIÓN DE LA FINCA ARRENDADA
El adquirente
se subrogará en los derechos y obligaciones de la PARTE
ARRENDADORA.
SEXTA.- DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE
La PARTE ARRENDATARIA renuncia formal y expresamente a
los derechos de tanteo y retracto en el supuesto de enajenación
de la finca arrendada.
SEPTIMA.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBARRIENDO
Se prohíbe
de forma especial y expresa la cesión intervivos o el
subarriendo en su caso, tanto total como parcial, de la
finca arrendada, salvo consentimiento escrito de la PARTE
ARRENDADORA.
OCTAVA.- MUERTE DE LA PARTE ARRENDADORA
Traerá como consecuencia
la inmediata extinción del contrato de arrendamiento.
NOVENA.- INDEMNIZACIÓN DE LA PARTE ARRENDATARIA.
Se renuncia
por la PARTE ARRENDATARIA a la indemnización prevista
en el artículo 34 de la Ley de Arrendamiento Urbanos.
DECIMA.- GASTOS GENERALES Y DE SERVICIOS Y SUMINISTROS
La PARTE ARRENDATARIA
vendrá obligada a pagar el importe de todos los servicios
(gastos comunes ordinarios y extraordinarios) y suministros,
así como los Impuestos, que correspondan a la vivienda
arrendada, y a sus accesorios que no sean susceptibles
de individualización, así como en todo caso será de su
cargo el importe de los servicios y consumos con que cuenta
la finca arrendada y que se individualicen mediante aparatos
contadores, que se repercutirán en el recibo de la renta,
incluso cuando dichos contadores estuvieran a nombre de
la PARTE ARRENDADORA, si bien en este supuesto podrá ésta
última, con el único requisito de notificarlo por escrito
con siete días de antelación, solicitar la baja de los
contadores, debiendo en dicho caso la PARTE ARRENDATARIA
proceder a contratarlos a su nombre.
DECIMO PRIMERA.- FIANZA
La PARTE ARRENDATARIA
abona en este acto a la PARTE ARRENDADORA las mensualidades
de renta, en concepto de fianza, suma que se depositará
por la PARTE ARRENDADORA, antes de quince días desde la
firma del contrato en el ente encargado, en su caso, de
su tramitación y depósito.
La liquidación
del saldo de la fianza se llevará a cabo a la extinción
del contrato una vez descontado, si procediere, el importe
de las obligaciones asumidas e incumplidas por la PARTE
ARRENDATARIA y así entre otras, pago de la renta
y sus actualizaciones, cantidad que por Ley o por pacto
venga la PARTE ARRENDATARIA obligada a abonar, reposición
del inmueble al estado anterior por obras realizadas por
la PARTE ARRENDATARIA, reposición del mobiliario y enseres
en su caso, gozando entre tanto la PARTE ARRENDADORA de
un derecho de retención sobre la fianza.
DECIMO SEGUNDA.- FIADORES
Sin perjuicio de la fianza en metálico, garantizan el
cumplimiento y buen fin de todas y cada una de las obligaciones
contenidas en este contrato, con renuncia al beneficio
de excusión y división, y a lo dispuesto en el Art. 1.851
del Código Civil y, de modo solidario, los siguientes
fiadores:
La responsabilidad de los fiadores persistirá hasta que
se cumplan todas las condiciones del presente contrato
y sean satisfechas todas las rentas, recibos de servicios
y suministros pendientes, gastos de reparación de los
desperfectos ocasionados en la finca, en el mobiliario
y enseres, así como su reposición en su caso, impuestos,
gastos, costas judiciales y honorarios de Abogados y Procuradores,
aunque no fuere preceptiva su intervención y la PARTE
ARRENDADORA se haga cargo a su satisfacción de la vivienda,
mobiliario y enseres
En señal de conformidad y por duplicado, las partes firman
el presente documento en el lugar y fecha antes indicados.
PARTE ARRENDADORA
PARTE ARRENDATARIA |